Facturación Electrónica, llegó para quedarse

En 2012, Uruguay inició una transformación digital en la facturación empresarial. Con el Decreto N.º 36/012, se estableció el marco para un régimen de documentación fiscal electrónica que incluye:
- Marco Normativo: Normas que regulan el sistema.
- Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE): Definición de documentos digitales y tipos de comprobantes incluidos.
- Sujetos obligados: Empresas y personas alcanzadas por los impuestos administrados por la Dirección General Impositiva (DGI).
- Documentación y controles formales: Procedimientos para asegurar el cumplimiento.
Un camino hacia la obligatoriedad
En sus comienzos, la adopción de la facturación electrónica era opcional o se asignaba de manera específica por la DGI. Sin embargo, en 2015, con la Resolución N.º 3012/015, se definió un calendario progresivo de incorporación obligatoria basado en los ingresos anuales de los contribuyentes.
Con el paso de los años, los plazos fueron extendiéndose para algunos sectores. Finalmente, en 2023, la Resolución DGI N.º 2389/023, junto con su modificación (Resolución N.º 2548/023), estableció que todos los contribuyentes deberán ser emisores electrónicos, según el siguiente cronograma:
Fechas clave para la incorporación obligatoria:
Antes del 31/12/2024: Sujetos inscriptos en DGI antes del 30/04/2024, incluyendo:
- Contribuyentes del IVA (incluido IVA mínimo).
- Personas físicas con servicios personales fuera de relación de dependencia.
Antes del 01/01/2025: Sujetos que se inscriban o reinicien actividades entre el 01/05 y el 31/12 de 2024.
Excepciones
Existen ciertos contribuyentes exonerados de la obligación, como:
- Contribuyentes que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias, con ingresos inferiores a UI 4.000.000 (cuatro millones de unidades indexadas) valuadas a la cotización del último día del ejercicio fiscal. Cuando superen el tope deberán ingresar antes del primer día del quinto mes posterior al cierre del ejercicio en el que se detecta la superación del tope.
- Quienes realicen por agregación de valor en la construcción sobre inmuebles se entenderá la realización de obras bajo la modalidad de administración, cuando tales inmuebles no se hallen afectados a la realización de actividades que generen ingresos gravados por el Impuesto al Valor Agregado ni rentas computables para el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA) por parte del titular de la obra (Título 10 Art. 2 inciso D texto ordenado)
- Los contribuyentes del Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR)
- Los contribuyentes exonerados de impuestos administrados por la DGI, excepto los usuarios directos e indirectos de Zona Franca.
- Los contribuyentes de: Monotributo, Monotributo Social Mides y de Aporte Social Único (PPL)
¿Cómo convertirse en emisor electrónico?
Para cumplir con esta obligación, recomendamos trabajar junto a un proveedor de software homologado por la DGI, ya que este acompañamiento simplifica el proceso y puede ofrecer beneficios fiscales.
A continuación, los pasos principales:
- Solicitar usuario para eFactura: A través del portal de DGI. Se requiere usuario DGI (para empresas) o Identidad Digital (para personas físicas).
- Actualizar los datos registrales en el RUT.
- Completar el formulario “Solicitud de Creación de Usuario para eFactura”, indicando el correo y cédula de la persona autorizada, y el rol asignado (Testing, Homologación o Homologación Simplificada).
- Esperar el correo con la clave de acceso enviado por la DGI.
- Comprar un certificado digital: Este documento sustituye la firma tradicional y verifica la identidad del emisor. Se adquiere en redes de cobranzas como Abitab o el Correo Uruguayo.
- Contratar un proveedor de software de CFE habilitado: Esto facilita el ingreso al régimen mediante un mecanismo simplificado.
La facturación electrónica representa una evolución necesaria hacia la modernización de las empresas. Más allá del cumplimiento legal, es una herramienta que debería facilitar la gestión y mejorar la competitividad de los negocios en un mundo cada vez más digital.
Si aún no ha iniciado el proceso, le recomendamos actuar cuanto antes para evitar sanciones y conocer las ventajas que ofrece este sistema para su situación fiscal.