Comunicado de AIN para empresas con moneda funcional diferente al peso uruguayo.

Les informamos sobre los decretos 108/22 y 166/22 que establecen la obligatoriedad de llevar los libros Diario e Inventario en ambas monedas. Esto quiere decir que las empresas deben llevar un registro contable en pesos uruguayos y otro en la moneda funcional.

En cuanto a la presentación de los Estados Financieros en la Auditoria Interna de la Nación, el Registro de Estados Contables ha implementado, a partir del 12 de setiembre de 2023, los cambios necesarios a nivel de la Central de Balances Electrónica a efectos de dar cumplimiento a lo establecido por el Decreto Nº 108/022 y permitir por este medio la recepción de dos archivos XBRL, uno conteniendo la información de los EE.FF. en la moneda nacional y otro en la moneda funcional (para aquellas entidades que deban presentarlos en ambas monedas).

Según la normativa vigente, cada archivo XBRL debe contener la siguiente información:

  • Excel: Con los datos contables en la Moneda Funcional o pesos uruguayos

  • HTML con Notas de los Estados Financieros

  • HTML con Informe Profesional

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